XXII JUEGOS NACIONALES DEPORTIVOS DE SERVIDORES PUBLICOS

BARRANQUILLA – ATLANTICO

SEPTIEMBRE 15-21 DE 2024

 

PRESENTACIÓN

La práctica deportiva como disciplina es un factor determinante en la calidad de vida de la población. Desde diferentes orientaciones de política de organizaciones sociales y del Estado se promueve su ejecución como el mecanismo idóneo para mantener adecuados niveles de salud, disfrute del tiempo libre, capacidad para crear nexos de fraternidad y socialización en general.

 

El mayor número de deportistas no está relacionado con su práctica profesional o de grandes espectáculos, por el contrario, somos las personas comunes y corrientes los que a diario practicamos diferentes disciplinas, sin el interés inmediato de figuración, solo con el mero incentivo de la competencia sana, de la emulación y del goce de compartir con amigos y hacer de estos una familia ampliada.

 

La Corporación Nacional Deportiva de Servidores Públicos “CORDEMO” define en su ideario corporativo que sólo a través del deporte, la recreación y la cultura se logra el desarrollo armónico del ser humano en su entorno familiar y de la organización estatal a las cuales prestan sus servicios.

 

CORDEMO se complace en convocar a todos los servidores públicos deportistas, a los dirigentes deportivos y a las autoridades de los entes territoriales del país, a participar en la realización de los XXII JUEGOS NACIONALES DEPORTIVOS DE SERVIDORES PUBLICOS organizados por la Gobernación del Atlántico con el apoyo del Distrito de Barranquilla y CORDEMO a realizarse del 15 al 21 de septiembre de 2024.

 

 

 

Cordial saludo

JOAQUIN ISMAEL VALENCIA DÍAZ

Presidente CORDEMO

 

LA CORPORACIÓN NACIONAL DEPORTIVA DE SERVIDORES PUBLICOS “CORDEMO”

 La Corporación Nacional Deportiva de Servidores Públicos ¨CORDEMO¨, es una entidad de derecho privado de carácter nacional en la República de Colombia, sin ánimo de lucro, con personería jurídica número 38433 de septiembre 20 de 1991, Nit. 800143911-0.

 Fue creada en la ciudad de Medellín (Colombia) el 10 de noviembre de 1988 y constituida en la ciudad de Armenia Quindío – Colombia, el 22 de agosto de 1991, como un organismo deportivo independiente, con el objeto de organizar, Promover, fomentar, organizar y desarrollar actividades deportivas entre el personal al servicio de los Entes Territoriales, a la vez el de patrocinar y realizar estrategias de beneficio común, que permitan el desarrollo deportivo de sus afiliados.

 COMITÉ EJECUTIVO “CORDEMO”

Presidente: JOAQUIN ISMAEL VALENCIA DÍAZ

Vicepresidente: EWAR TORRES BUELVAS

Secretaria: JACQUELINE RODRIGUEZ CRUZ

Tesorero: HERNANDO QUICENO VALDERRAMA

Secretaria de Comunicaciones: EILEEN ERONIE STEPHENS BOWIE

Vocal: ALONSO TOSCANO NIÑO

Vocal: ROBER RUIZ OVIEDO

 

REVISOR FISCAL

DIEGO RUIZ HENAO

FISCAL

GLORIA CECILIA GARCIA GARCIA

COMISIÓN DISCIPLINARIA

SEBASTIÁN CAÑÓN SOSA, Gobernación del Quindío

KATRINY JOSEFINA HIDALGO CASTRO, Gobernación de Arauca

LUIS CARLOS ZULETA GUERRERO, Gobernación del Atlántico

HÉCTOR BLANDÓN PATERNINA, Distrito de Cartagena

JULIO ANDRÉS GONZÁLEZ ZAMORA, Alcaldía Santiago de Cali

COMISION TÉCNICA:

JUAN PABLO SANABRIA, Gobernación de Casanare

ALEXANDER CUESTA G, Alcaldía de Quibdó

DIEGO SANABRIA G, Alcaldía de Itagüí

EILEEN ERONIE STEPHENS BOWIE, Gobernación de San Andrés

JACQUELINE RODRÍGUEZ CRUZ, Alcaldía de Fusagasugá

DIGNATARIOS

NICOLÁS GUILLERMO URREGO URREGO

Contador

 

LOS JUEGOS NACIONALES DEPORTIVOS DE SERVIDORES PUBICOS

 

Reseña histórica

 Con motivo de la celebración del vigésimo aniversario de la Corporación Deportiva y Cultural de los Empleados del Departamento de Antioquia “Cordeca”, en 1988 se realizaron en la ciudad de Medellín los Primeros Juegos Nacionales de Empleados Oficiales (I-1988).

Posteriormente se sucedieron hasta completar las veintiún (XXI) versiones de los juegos realizadas hasta la fecha. Cali (II – 1989), Fusagasugá (III – 1990), Medellín (IV – 1991), Armenia (V – 1992), Popayán (VI – 1993), Medellín (VII – 1994), Cali (VIII – 1996), Cartagena (IX – 1998), Envigado (X – 2000), San Andrés (XI – 2002), Cali (XII – 2004), Santa Marta (XIII – 2005), San José de Cúcuta (XIV – 2007), Barranquilla (XV – 2009), Armenia (XVI – 2011), Fusagasugá (XVII – 2013), San Juan de Pasto (XVIII-2015), Cartagena de Indias DT y C (XIX-2017), Gobernación de Norte de Santander (San José de Cúcuta) (XX-2019) y Alcaldía de Yopal y Gobernación de Casanare (Yopal-Casanare)(XXI-2022).

Cabe destacar la obtención de la permanencia en el tiempo de un evento que ha contado con el compromiso y apoyo logístico de cada Ente Territorial sede y de la Corporación Nacional Deportiva de Servidores Públicos como organismo de derecho privado de carácter nacional, sin ánimo de lucro, que ha coordinado y asesorado con lujo de detalles cada edición de los Juegos.

Para cada versión de las justas se realiza un juicioso proceso de planeación, ejecución y control del evento, y se han hecho las evaluaciones necesarias buscando ofrecer a los participantes la mejor organización posible habida cuenta de las limitaciones presupuestales que identifican estos compromisos.

De ahí que se haya incrementado el número de delegaciones y deportistas que, de 600 funcionarios participantes en 1988, se espera que participen en los XXII Juegos Nacionales Deportivos de Servidores Públicos – en la Ciudad de Barranquilla – Atlántico, cerca de 3.000 funcionarios en representación de mínimo de 40 delegaciones de los Entes Territoriales del País.

Los departamentos y municipios fundadores han continuado la senda marcada por quienes dieron inicio a este sueño hecho realidad a través del tiempo, convocando a otras regiones engrandeciendo cada día la filosofía de los Juegos Nacionales Deportivos de Servidores Públicos “Integrar a los servidores estatales a través de la sana competencia deportiva”.

 

XXII JUEGOS NACIONALES DEPORTIVOS DE SERVIDORES PUBLICOS

BARRANQUILLA ATLANTICO 2024

NORMAS GENERALES PARTICIPACION

CAPITULO I. DE LA FECHA Y LA SEDE

Artículo 1º. Que el Comité Ejecutivo de la Corporación Nacional Deportiva de Servidores Públicos “CORDEMO”, por medio de la Resolución N°001 de enero 6 de 2024, definió como sede la Ciudad de Barranquilla de los XXII Juegos Nacionales Deportivos de Servidores Públicos, bajo la organización de la Gobernación del Atlántico con el apoyo del Distrito de Barranquilla y de la Corporación Nacional Deportiva de Servidores Públicos CORDEMO; Las justas deportivas se realizarán del 15 al 21 de septiembre de 2024.

 

CAPITULO II. DE LOS OBJETIVOS

Artículo 2º. Los Juegos Nacionales Deportivos de Servidores Públicos son de carácter formativo y competitivo y cumplen los siguientes objetivos:

  1. Estrechar los lazos de amistad y compañerismo, en busca de la integración de los funcionarios públicos de las administraciones departamentales y municipales del país.
  2. Proporcionar a las delegaciones un ambiente idóneo, sano y de proyección para el descanso físico, mental y espiritual por medio de la práctica deportiva.
  3. Crear conciencia deportiva entre los servidores de la administración pública, fundamentada en los principios de solidaridad y respeto mutuos.
  4. Facilitar los mecanismos, estrategias y logística general para que los funcionarios de las administraciones departamentales y municipales mejoren su nivel deportivo.
  5. Propiciar por medio de la expresión del deporte, la optimización de condiciones necesarias para el normal desempeño de nuestra vida diaria.
  6. Impulsar el mejoramiento de la calidad laboral y calidad de vida de los empleados afiliados y su núcleo familiar.

 

CAPITULO III. DE LA ORGANIZACIÓN Y DIRECCIÓN

Artículo 3º. La organización y dirección de los XXII Juegos Nacionales Deportivos de Servidores Públicos estará a cargo de:

DIRECTORES HONORARIOS:

Dr. EDUARDO VERANO DE LA ROSA – Gobernador del Atlántico

Dr. ALEJANDRO CHAR CHALJUB – alcalde del DT de Barranquilla.

DIRECTOR EJECUTIVO:

Dr. JOAQUÍN ISMAEL VALENCIA DÍAZ – presidente de CORDEMO.

COMITÉ ORGANIZADOR:

  • Comité Ejecutivo de CORDEMO
  • Sheila Ovelly Dávila – Subsecretaria de Talento Humano de la Gobernación del Atlántico
  • Wulfren Olivares Pérez – Gobernación del Atlántico

FISCAL DE CORDEMO

  • Gloria Cecilia García García – Alcaldía de Armenia

COMISIONES DE APOYO:

✔ Comisión Deportiva y Escenarios:

✔ Comisión de Seguridad:

✔ Comisión Médica:

✔ Comisión de Alojamiento y Turismo:

✔ Comisión de Transporte:

✔ Comisión de Logística:

✔ Comisión de Protocolo y Prensa:

✔ Comisión de Inscripciones y Acreditaciones:

Artículo 4º.  Las funciones básicas de los anteriores organismos serán las siguientes:

DIRECTOR HONORARIO: Velar por la transparencia de las Justas Deportivas.

DIRECTOR EJECUTIVO: Tiene como funciones centralizar las labores administrativas y velar por el buen desarrollo de los juegos.

COMITE ORGANIZADOR: Tiene como misión fijar las pautas y políticas generales de trabajo para la organización y realización de los XXII Juegos Nacionales Deportivos de Servidores Públicos. Evalúa y controla su ejecución.

FISCAL CORDEMO: Velar por el estricto cumplimiento de la reglamentación, deberes y derechos de todos los participantes de los XXII Juegos Nacionales Deportivos de Servidores Públicos.

COMISIÓN TECNICA:

  1. Verificar los pormenores del o de los deportes asignados.
  2. Participar en las reuniones previstas donde se traten aspectos técnicos.
  3. Realizar los congresillos técnicos por disciplina y sus respectivos sorteos.
  4. Realizar reuniones técnicas diarias durante los días de la realización de los juegos.
  5. Apoyar la divulgación de los comunicados, informes y resoluciones expedidos por la comisión disciplinaria y la dirección de los juegos.
  6. Cumplir y hacer cumplir el reglamento de los juegos.
  7. Cumplir y hacer cumplir la programación de los juegos.
  8. Fomentar la práctica del juego limpio y el respeto a los contendores.
  9. Revisar diariamente los escenarios.
  10. Elaborar los resultados diarios de amarillas, rojas, amonestaciones para definir el juego limpio.
  11. Exigir a los jueces los informes y planillas debidamente detallados, diligenciados y firmados.
  12. Exigir a los jueces la aplicación estricta del reglamento general y específico de los juegos.
  13. Exigir a los deportistas el uso de la indumentaria para la práctica del deporte específico.
  14. Dar respuesta amable y respetuosa a las inquietudes presentadas por deportistas, cuerpo técnico y directivo de los juegos.
  15. Informar oportunamente y por escrito a la comisión disciplinaria de cualquier acto que atente contra el sano desarrollo de los juegos, o el incumplimiento del reglamento por alguno de sus participantes.
  16. Elaborar un informe final del desarrollo técnico de los juegos.
  17. El incumplimiento a las anteriores funciones puede acarrear las sanciones pertinentes.

COMISION DISCIPLINARIA: Conocer y resolver sobre aspectos disciplinarios de los XXII Juegos Nacionales Deportivos de Servidores Públicos.

Las anteriores comisiones y el comité organizador se reunirán a solicitud del director general, director ejecutivo o del 50% de los presidentes de las delegaciones participantes en los XXII Juegos Nacionales Deportivos de Servidores Públicos.

COMITES DE APOYO: Planear, programar, ejecutar y controlar todos los aspectos de tipo logístico y económico inherentes a su área, con el fin de coadyuvar al normal desarrollo del evento.

 

CAPITULO IV. DE LAS DISCIPLINAS DEPORTIVAS

Artículo 5º. Los deportes incluidos en los XXII Juegos Nacionales Deportivos de Servidores Públicos son:

Ajedrez, Atletismo, Baloncesto, Billar, Bolos, Ciclismo, Dominó, Fútbol, Fútbol de Salón, Minitejo, Natación, Parques, Sapo, Softbol, Tenis de Campo, Tenis de Mesa, Tejo, Voleibol y Vóley-playa.

Artículo 6º. Los torneos se realizarán con las siguientes condiciones de participación de acuerdo a la determinación de la edad la cual se tomará de la siguiente manera:

⮚      30 años nacidos en 1994. ⮚      45 años nacidos en 1979.
⮚      35 años nacidos en 1989. ⮚      49 años nacidos en 1975.
⮚      39 años nacidos en 1985. ⮚      50 años nacidos en 1974.
⮚      40 años nacidos en 1984  
  • Fútbol: En el campo de juego deben permanecer como mínimo 3 jugadores mayores de 35 años, 3 jugadores mayores de 40 y 1 de 45 años.
  • Fútbol de Salón masculino, Voleibol y Baloncesto ambas ramas: En el campo de juego deben permanecer como mínimo 2 jugadores mayores de 40 años y 1 jugador mayor de 35 años.
  • Softbol: En el line up deben permanecer 2 mayores de 35 años, 3 mayores de 40 años y 1 mayor de 50 años.
  • Reglamentar para las modalidades de Atletismo, Ciclismo y Natación, tendrá categorías así:

CATEGORIA   A: Hasta de 39 años.

CATEGORIA   B: Desde 40 años hasta 49 años.

CATEGORIA   C: De 50 años en adelante.

Parágrafo 1: Para los relevos debe participar mínimo uno de la categoría B y uno de la C o dos de la C.

Parágrafo 2: Los participantes inscritos en la categoría C, pueden participar en la categoría A y/o B, Pero no a la inversa; y los inscritos en la categoría B, pueden participar en la categoría A, pero no a la inversa; El deportista que se baje de categoría debe permanecer en esta durante todas las pruebas.

Los torneos de las demás disciplinas deportivas serán en categoría libre, incluyendo Futbol de Salón Femenino.

Artículo 7º. El número máximo de deportistas por disciplina y cantidad sugerida para los delegados, entrenadores y administrativos:

DISCIPLINA DEPORTISTAS ENTRENADOR DELEGADO TOTAL
Masc. Fem.
Ajedrez Mixto 4 0 1 5
Atletismo 12 12 1 1 26
Baloncesto 12 12 1 1 26
Billar 4 0 1 5
Bolos 5 5 0 1 11
DISCIPLINA DEPORTISTAS ENTRENADOR DELEGADO TOTAL
Masc. Fem.
Ciclismo 12 12 1 1 26
Dominó 3 0 1 4
Fútbol 23 1 1 25
Fútbol de Salón 12 12 1 1 26
Minitejo 5 5 0 1 11
Natación 12 12 1 1 26
Parques 4 0 1 5
Sapo o Rana 4 0 1 5
Softbol 18 1 1 20
T. de Campo 4 4 1 1 10
T. de Mesa 4 4 1 1 10
Tejo 5 0 0 1 6
Voleibol 12 12 1 1 26
Volei_Playa 2 2 0 1 5
TOTAL 157 92 10 19 278
Presidente Delegación 1     1
Delegado de Cordemo (oficiales) 2     1
Periodista 1     1
Medico 1     1
Fisioterapeuta 2     2
Utilero 1     1
TOTAL 286

Nota 1: El presidente de la delegación es el representante ante el ente territorial y el delegado de CORDEMO es el enlace ante CORDEMO, el presidente puede ser el delegado de CORDEMO.

Nota 2: Las delegaciones que se inscriban para las disciplinas de Natación, Ciclismo y Atletismo, que no asistan a las pruebas correspondientes sin justa causa tendrán como sanción el descuento de 10 puntos en el puntaje definitivo.

Cada escenario deportivo contará con un apoyo logístico, el cual será asumido por la sede. Dicho apoyo será responsable de verificar que se cumpla con el reglamento de cada disciplina.

 

CAPITULO V. DE LOS PARTICIPANTES

Artículo 8º. Podrán participar de los XXII Juegos Nacionales Deportivos de Servidores Públicos en cada uno de los deportes oficialmente programados, por derecho propio los entes territoriales de orden departamental y municipal asociados a la Corporación y previa invitación los otros entes territoriales que cumplan los requisitos aquí establecidos.

  • La participación de todo deportista se hará por entidad territorial, mediante inscripción oficial realizada ante la Comisión de Inscripciones y Acreditaciones por intermedio del presidente y/o delegado de cada Departamento o Municipio. Bajo ninguna circunstancia se permitirá participaciones a título personal.
  • Podrán participar en representación de un departamento o de un municipio, los servidores públicos que estén debidamente posesionados en su cargo e igualmente los que están vinculados mediante contrato de trabajo (Trabajadores oficiales), los concejales y Diputados, los jubilados y pensionados de los Entes Territoriales.
  • Podrán participar en los Juegos las personas que hayan sido contratadas para prestación de servicios o de consultoría (persona natural), con un contrato vigente o con contratos continuos que mínimo sumen tres (3) meses directamente con el ente territorial o alguno de sus Entes Descentralizados, que cobije todo el tiempo que dure los juegos y un día más.
  • No se permitirá la participación en los Juegos, en su respectiva disciplina, a deportistas que estén o hayan participado en deporte asociado (es el desarrollado por un conjunto de entidades de carácter privado o público organizadas jerárquicamente con el fin de desarrollar actividades y programas de deporte competitivo de orden municipal, departamental, nacional e internacional que tengan como objeto el alto rendimiento de los deportistas afiliados a ellas), el deporte asociado se cumple tanto para las disciplinas de conjunto como para las individuales; o los participantes de bola rápida de Softbol; durante los últimos tres (3) años, excepto aquellos eventos Sénior Master, en torneos nacionales o internacionales.

En la disciplina de Ajedrez, no podrán participar jugadores que en los últimos 3 años hayan tenido un ELO superior a 2.000 puntos.

Disciplinas que serán consideradas afines, esto quiere decir que los que cumplan con el párrafo anterior en una de estas disciplinas quedan inhabilitados tanto para la disciplina en la que participó y la disciplina afín.

  • Béisbol – Softbol.
  • Voleibol – Volei_Playa.
  • Futbol – Futbol de Salón – Futbol Sala – Futbol Playa.
  • Natación – Wáter Polo – Apnea (todas las disciplinas acuáticas).
  • Atletismo – Marcha.
  • Ciclismo – Ciclo montañismo (todas las disciplinas relacionadas con el ciclismo).

 

CAPITULO VI. DE LAS INSCRIPCIONES

Artículo 9º. Para poder participar en los Juegos, las gobernaciones y alcaldías asociadas y/o invitados, deberán inscribir a sus funcionarios deportistas según procedimiento establecido por CORDEMO.

  • Para la inscripción previa se manejará la planilla en Excel con el fin de que sea diligenciada y se entregue en el tiempo estipulado en el artículo 13 º de este documento.
  • Para la inscripción definitiva cada delegado de las entidades territoriales tendrá acceso a un formulario de Google que contendrá todos los datos requeridos de la planilla definitiva, para ingresar la información de los participantes de su delegación con el procedimiento que consideren internamente (uno a uno los deportistas de su delegación con acceso, o delegados de disciplinas, u otra forma); es de carácter obligatorio diligenciar todos los campos del formulario y al diligenciar el formulario debe anexar los documentos requeridos ya que si no se anexa no se deja inscribir.
  • Al final del diligenciamiento de esta información el delegado podrá imprimir la planilla definitiva con el fin de que pueda ser firmada por el directivo de la entidad.

DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA LA INSCRIPCIÓN

  1. Para servidores públicos: certificado de vinculación laboral grupal o individual, expedida por el jefe de Personal correspondiente o quien ejerza sus funciones, con vigencia no superior a treinta (30) días; Este documento será opcional para subirla en el formulario de Google ya que, si es un certificado grupal, este lo subirá el delegado de la entidad ante Cordemo, si lo tiene individual el participante lo podrá subir en el formulario.
  2. Para contratistas: certificado del contrato expedido por el supervisor o interventor que contenga (Fecha de inicio, suspensiones si las ha tenido, vigencia, # de contrato) con vigencia no superior a treinta (30) días o pantallazo del secop donde aparezca los ítems anteriores. Este documento es obligatorio con el formulario de Google.
  3. Una fotografía reciente a color, tamaño cédula; Este documento es obligatorio con el formulario de Google.
  4. Copia de la Cédula de ciudadanía; Este documento es obligatorio con el formulario de Google.
  5. Resolución o acto administrativo que otorgue el permiso de asistencia a los Servidores Públicos a los XXII Juegos Nacionales Deportivos de Servidores Públicos 2024, para toda la delegación. se entrega Física a CORDEMO en la fecha estipulada.

Artículo 10º. Un deportista podrá participar en máximo dos (2) disciplinas diferentes; a excepción de los dignatarios como Gobernadores y alcaldes que podrán participar en varias disciplinas que  se programen en el evento.

En caso de lesión comprobada por concepto médico de la Eps de un deportista, este podrá ser remplazado por un deportista de la delegación a la que pertenece. Esta solicitud se debe hacer ante la comisión técnica de los XXII Juegos Nacionales Deportivos de Servidores Públicos 2024, la cual debe responder una hora después de la solicitud por medio de un acto administrativo el cual deberá ser presentado ante el coordinador de la disciplina.

Artículo 11º. Las planillas serán firmadas y avaladas por el Gobernador o el alcalde o quien tenga esta facultad en la entidad y/o el presidente de la delegación o delegado del ente territorial, quienes serán responsables de la veracidad y autenticidad de los documentos y datos consignados en ella.

Artículo 12º. Para poder participar en los Juegos cada delegado debe garantizar que quien haga parte de la delegación está afiliado a la Corporación Nacional Deportiva de Servidores Públicos CORDEMO, el valor de la cuota ordinaria por participante fue determinado en Asamblea General Ordinaria; es de ciento setenta y dos mil pesos $172.000 por cada uno de los inscritos en la Planilla Oficial de los XXII Juegos Nacionales Deportivos de Servidores Públicos (Presidente, delegados, deportista, entrenadores, fisioterapeuta, medico, y otros), esta se debe consignar en el Banco BBVA Medellín en la cuenta Corriente N°560-002248. A nombre de CORDEMO sin excepción de lo contrario no podrán participar.

Artículo 13º. El proceso de inscripción para participar en los Juegos, se deberá diligenciar ante la Corporación Nacional Deportiva de Servidores Públicos CORDEMO y se realizará en cuatro fases así:

Fase 1: Inscripción previa por disciplina hasta el día 15 de junio de 2024, indicando deportes y ramas por cada disciplina a inscribir por el ente territorial, diligenciando la planilla previa de los entes territoriales y enviarla E-mail cordemo2005@hotmail.com.

Fase 2: Inscripción definitiva de planilla hasta el día 22 de agosto de 2024. Por deportista en cada deporte, diligenciando el formulario en Google al cual se les enviara a los delegados de cada entidad.

Fase 3: Pago de inscripciones hasta el día 22 de agosto de 2024. Enviar el soporte de la consignación   al E-mail cordemo2005@hotmail.com.

Fase 4: Cambios extraordinarios por fuerza mayor. (Desvinculación, incapacidad comprobada o muerte) del 9 de septiembre de 2024 hasta la fecha de inauguración de los XXII Juegos Nacionales Deportivos de Servidores Públicos.

El Congreso Técnico de los XXII Juegos Nacionales Deportivos de Servidores Públicos: se realizará en la Ciudad de Barranquilla los días 13 y 14 de septiembre del 2024, dando inicio el 13 de septiembre a las 2 pm; en este se realizará los sorteos de las disciplinas de conjunto y se aclararan dudas de los reglamentos y normas.

Congresillos Técnicos de las disciplinas individuales: Estos se realizarán en la ciudad de Barranquilla y deben asistir los delegados de cada      disciplina de los entes territoriales y la escuela de árbitros correspondiente, el siguiente cuadro presenta la programación.

HORA FECHA DISCIPLINA RESPONSABLE COMISION TECNICA -CORDEMO
10:00 A.M. 16-9-2024 AJEDREZ Jacqueline Rodríguez Cruz
10:00 A.M. 16-9-2024 ATLETISMO

Juan Pablo Sanabria

Diego Sanabria G

10:00 A.M. 16-9-2024 BILLAR Alexander Cuesta G
10:00 A.M. 16-9-2024 CICLISMO Eileen Eronie Stephens Bowie
3:00 P.M. 16-9-2024 BOLOS Juan Pablo Sanabria
3:00 P.M. 16-9-2024 DOMINO

Alexander Cuesta G

Diego Sanabria G

3:00 P.M. 16-9-2024 MINITEJO Y TEJO Jacqueline Rodríguez Cruz
3:00 P.M. 16-9-2024 NATACION Eileen Eronie Stephens Bowie
5:00 P.M. 16-9-2024 PARQUES Alexander Cuesta G
5:00 P.M. 16-9-2024 SAPO

Jacqueline Rodríguez Cruz

Diego Sanabria G

5:00 P.M. 16-9-2024 TENIS CAMPO Juan Pablo Sanabria
5:00 P.M. 16-9-2024 TENIS MESA Eileen Eronie Stephens Bowie
5:00 P.M. 20-9-2024 TRIATLHON Juan Pablo Sanabria

 

CAPITULO VII. DE LAS NORMAS GENERALES DE COMPETENCIA

Artículo 14º. Los torneos en cada deporte serán organizados y dirigidos por el Comité Organizador de los XXII Juegos Nacionales Deportivos de Servidores Públicos y será juzgado por las ligas y/o Colegios de Árbitros oficialmente designados por dicho Comité, quienes serán la máxima autoridad en el campo de juego en desarrollo de las actividades para las cuales fueron asignados.

Artículo 15º. Cada torneo de los juegos se desarrollará de acuerdo con la programación, horarios y escenarios que asigne el Comité Organizador. Así mismo, definirá la fecha, hora y lugar para los partidos y pruebas que por fuerza mayor no puedan realizarse de acuerdo a la programación oficial.

Parágrafo: Se entiende por fuerza mayor las siguientes eventualidades:

  • Imposibilidad técnica del escenario a criterio del juez.
  • Falta de garantías ocasionadas por el personal externo a los juegos, a juicio del Comité Organizador.
  • Falla comprobable en el transporte programado por el Comité Organizador.
  • Ausencia total de los jueces designados para la competencia.

Artículo 16º. La regulación técnica en cada deporte serán los reglamentos específicos para cada deporte oficial de Cordemo, los casos que no son contemplados en la reglamentación se regirán por la reglamentación de las Federaciones Nacionales de la respectiva disciplina deportiva.

Artículo 17º. Los deportistas competidores deberán presentarse, mínimo treinta (30) minutos, antes de la hora oficial programada por el comité Organizador, para el inicio de la competición, uniformados y con la implementación requerida para su deporte y su respectiva escarapela la cual debe ser presentada a los jueces.

Artículo 18º. El único documento de identificación de los deportistas, válido para los XXII Juegos Nacionales Deportivos de Servidores Públicos será la escarapela expedida por el Comité Organizador   en el cual se especificará su validez para el torneo correspondiente.

Parágrafo 1: La organización se reserva el derecho a solicitar el documento de identificación en original.

Parágrafo 2: Queda expresamente prohibido el ingreso a los bancos de suplentes de personal que no cuenten con la acreditación de la disciplina respectiva en desarrollo, a excepción de: presidente de la delegación, Medico, Fisioterapeuta y kinesiólogo.

Artículo 19º. Deportista o equipo que no cumpla con lo reglamentado en los artículos 17, 18 o lo contemplado en el reglamento específico de su deporte, se declarará perdedor por W-O. (Walk out).

Artículo 20º. Deportista o equipo que pierda un encuentro o prueba por W-O, durante la realización   del torneo, sin justa causa será sancionado de acuerdo al estudio realizado por el comité disciplinario.

Artículo 21º. Para que un torneo, competencia o prueba tenga validez dentro de los juegos, deberán   inscribirse oficialmente mínimo tres (3) delegaciones (entiéndase como delegación Ente Territorial inscrito), en su defecto ésta se declarará desierto, no se programará y no dará lugar a puntuación, ni premiación.

Parágrafo. Si se presenta una sola delegación de las inscritas al desarrollo del torneo o competencia   de una disciplina, esta participará y será premiada.

Artículo 22º. Será responsabilidad de los entes territoriales participantes el tema de la EPS y ARL de   su delegación.

 

CAPITULO VIII. DE LA PUNTUACIÓN GENERAL Y LA PREMIACIÓN

Artículo 23º. El cuadro de honor en cada torneo resultará de la sumatoria de los puntos obtenidos en cada uno de ellos, de acuerdo a la asignación que contempla el respectivo artículo, se aplicará la siguiente puntuación para cada deporte en cada una de sus ramas:

PUESTO PUNTOS
Primer Puesto 10
Segundo Puesto 6
Tercer Puesto 4
Cuarto Puesto 2

En caso de empate en puntos por delegación, ganará la delegación que tenga el mejor clasificado.

Artículo 24º. La definición del cuadro de honor de los XXII Juegos Nacionales Deportivos de Servidores Públicos se asignará la siguiente Puntuación a cada uno de las 20 Disciplinas, así:

PUESTO PUNTOS
PRIMERO 26
SEGUNDO 16
TERCERO 12
CUARTO 6

El cuadro de honor y el campeón general de los Juegos resultará de la sumatoria individual de los puntos obtenidos en todas las Disciplinas, de acuerdo a la asignación que contempla, por cada una de las delegaciones participantes en el evento.

En caso de empate se resolverá a favor de aquel que haya obtenido, en su orden, mayor número de primeros, segundos y terceros puestos y así sucesivamente.

Artículo 25º. El Comité Organizador otorgará la siguiente premiación:

  • A los tres primeros puestos de la puntuación general: trofeo.
  • Al Campeón de cada rama por disciplina: Trofeo.
  • Al primero, segundo y tercer lugar en cada modalidad: Medallas de oro, plata y bronce respectivamente.
  • A las delegaciones participantes: Placa como reconocimiento a su participación.

Artículo 26°. El equipo o el jugador que realice cualquier intento de gresca hacia los árbitros, compañeros, equipo contrario y/o a las barras, será descalificado automáticamente del partido siguiente a espera de la sanción impuesta por la Comisión Disciplinaria.

Artículo 27° Juego Limpio: El puntaje del Juego Limpio se tendrá como criterio de clasificación únicamente para respectiva fase y se establecerá de acuerdo con los siguientes parámetros:

  • Cada tarjeta amarilla dará 5 puntos.
  • Cada tarjeta azul dará 10 puntos.
  • Faltas técnicas dará 5 puntos.
  • Cada expulsión de jugadores dará 15 puntos.
  • Cada expulsión de miembros del Cuerpo Técnico dará 15 puntos.
  • La expulsión por agresión a los árbitros, a miembros del Comité Organizador o Autoridades del torneo dará 40 puntos.
  • El equipo que supere los 150 puntos queda automáticamente excluido de la clasificación del Juego Limpio.
  • A los jugadores, delegados y entrenadores se les prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas y sustancias alucinógenas durante la jornada de juego (obligatorio). En caso de presentarse el juez no debe permitir su participación y debe oficiar a la Comisión Disciplinaria, la cual deberá iniciar el proceso respectivo conforme al procedimiento reglado en el código de penas y sanciones. Si el fallo es sancionatorio será informado al ente territorial que representa. En caso de incurrir en esto su equipo perderá 100 puntos en el juego limpio y se expulsará de los juegos a las personas relacionadas.

 

CAPITULO IX. DE LAS SANCIONES Y RECLAMACIONES

Artículo 28º. Se aceptarán tres (3) clases de reclamos, disciplinarios, técnicos y administrativos, siempre y cuando sean presentados por escrito y firmados por el delegado del deporte o el presidente de la delegación respectiva.

Parágrafo: El horario hábil de los XXII Juegos Nacionales Deportivos de Servidores Públicos 2024, es de 6 am a 11 pm.

  1. Reclamos DISCIPLINARIOS deberán ser dirigidos a la Comisión Disciplinaria de los XXII Juegos Nacionales Deportivos de Servidores Públicos, dentro de las dos (2) horas hábiles siguientes a la culminación del encuentro o prueba o situación presentada en cualquier lugar, objeto de reclamación. Dicha comisión, dentro de las cinco (5) horas hábiles siguientes a la recepción del reclamo, estudiará, fallará y comunicará a las delegaciones involucradas en el fallo, de acuerdo a la reglamentación correspondiente de la disciplina, estos reclamos deben ir acompañados de una caución en efectivo equivalente al 20% de un salario mes mínimo legal vigente ($260.000) y será reembolsable solamente el 50% de la caución si el fallo es a su favor, contra el acto expedido procede recurso de reposición y en subsidio de Apelación.
  2. Reclamos TÉCNICOS deberán ser dirigidos a la Comisión Técnica de los XXII Juegos Nacionales Deportivos de Servidores Públicos, dentro de las dos (2) horas hábiles siguientes a la culminación del encuentro o prueba, objeto de reclamación. Dicha comisión, dentro de las cinco (5) horas hábiles siguientes a la recepción del reclamo, estudiará, fallará y comunicará a las delegaciones involucradas en el fallo, de acuerdo a la reglamentación correspondiente de la disciplina, estos reclamos deben ir acompañados de una caución en efectivo equivalente al 20% de un salario mes mínimo legal vigente ($260.000) y será reembolsable solamente el 50% de la caución si el fallo es a su favor, contra el acto expedido procede recurso de reposición y en subsidio de Apelación.
  3. Reclamos ADMINISTRATIVOS: son los reclamos de temas administrativos y de organización de los Juegos, no requieren caución y deben dirigirse al Comité Organizador de los XXII Juegos dentro de las (2) horas hábiles siguientes a la presentación del suceso, objeto de reclamación. Dicha comisión, dentro de las cinco (5) horas siguientes a la recepción del reclamo estudiará, fallará y comunicará a las delegaciones involucradas en el fallo, de acuerdo a la reglamentación correspondiente.

Artículo 29º. Los aspectos no contemplados en el presente reglamento, serán resueltos con plena autonomía por el Comité Organizador de los XXII Juegos Nacionales Deportivos de Servidores Públicos.

 

 

Agosto 2024

JOAQUIN VALENCIA DIAZ

Presidente

JACQUELINE RODRIGUEZ CRUZ

Secretaria

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